jueves, 13 de enero de 2022

Entrega premios II Concurso de Postales navideñas




Ayer a mediodía, pudimos entregar los premios a los ganadores del II Concurso de Postales navideñas de la AMPA. En el acto participó el director del centro, Francisco Anegón y un representante de la Junta Directiva de la AMPA.

Todos fueron muy contentos a recogerlos, y recibieron un gran aplauso en el hall.

Os recordamos los nombres de los ganadores:

Delia Tierno Tornado, en la categoría de Infantil.

Laura Álvarez Maganto, en la categoría de Primaria (1°-3°)

Saúl Hernández Hernández, en la categoría de Primaria/ ESO (4°-6° Primaria y ESO).

Esperamos que disfruten mucho con los premios.

Enhorabuena a todos.

Os dejamos unas fotos para compartir el momento con todos.





martes, 11 de enero de 2022

Ayudas económicas a la maternidad en la Comunidad de Madrid

 



AYUDAS ECONÓMICAS A LA MATERNIDAD COMUNIDAD DE MADRID


 

Desde enero de 2022, las madres menores de 30 años con rentas inferiores a 30.000 € percibirán 500 € mensuales desde el quinto mes de embarazo hasta que el niño cumpla 2 años.

 

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del 1 de enero de 2022.

Para años sucesivos este plazo de presentación permanecerá abierto de forma continuada desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio anual.

¿Dónde se presenta la solicitud?

 

Puede realizarse esta gestión en cualquier Oficina de Registro,  a través de los ayuntamientos adheridos a Ventanilla Única, así como en las oficinas del Registro de la Administración General del Estado o por correo certificado, teniéndose en cuenta que se tomará como fecha de su solicitud la que consta en registro. 

Si se dispone de Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid, puede realizar este trámite en el Registro Telemático de la Comunidad de Madrid 

 

 

¿Quién puede recibir la ayuda?

 

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas menores de 30 años que -a la fecha de presentación de la solicitud- se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

  • Gestantes desde la semana 21 de gestación, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Madres que hayan tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Personas que hayan adoptado un menor, a partir de 1 de enero de 2022. 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

 

En el supuesto de solicitud por gestación, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de parto.

En caso de gestación, parto o adopción múltiple, cada feto o hijo adicional dará derecho a la percepción de un importe adicional de 500 euros y el plazo de devengo de la ayuda será el mismo.

 

En el supuesto de solicitud por nacimiento, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los 24 meses.

 

En el supuesto de solicitud por adopción, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil, independientemente de la edad del menor adoptado

 

 

 

 ¿Qué requisitos se deben cumplir?

Los beneficiarios deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos:

  1. Ser español/a o extranjera/o con residencia legal en España. Las personas extranjeras que residan en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de esta prestación siempre que cumplan los requisitos establecidos en la presente norma.
  2. Tener 30 años o menos.
  3. Residir y estar empadronado de forma ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante al menos los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas. A efectos del cómputo del plazo exigido se tendrán en cuenta todos los municipios de la Comunidad de Madrid en los que la persona solicitante hubiera estado empadronada.
  4. No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta para toda la unidad familiar en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. A estos efectos, el concepto de unidad familiar es el que define la normativa aplicable al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  5. No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre


¿Qué documentación hay que aportar?

 

  •  Solicitud
  •  Empadronamiento (Histórico)
  • Documento nacional de identidad o documento identificativo, válido en territorio español (tarjeta de residencia o solicitud de renovación)
  • Declaración del IRPF (Si se autoriza en la solicitud la CAM lo solicita a Hacienda puede ser certificado renta período anterior o certificado negativo si no se ha presentado declaración de la renta)
  • Declaración responsable (Está en la solicitud)
  • Certificados de nacimiento (En los casos de solicitud por nacimiento o adopción)
  •  Informe médico de gestación (En el supuesto de solicitud por gestación): En este supuesto es imprescindible la presentación del certificado de nacimiento en el plazo máximo de un mes a partir del nacimiento del menor.


Información extractada de la página oficial de la Comunidad de Madrid https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/ayudas-economicas-natalidad

domingo, 9 de enero de 2022

Cabalgata de Reyes 2022


Qué mejor manera de comenzar el año y la vuelta escolar que con un vídeo con algunos de los momentos vividos en la Cabalgata.

Muchas gracias a todos los que han colaborado para que haya sido posible.

Esperamos que disfrutéis del vídeo.